Sociedad de Responsabilidad Limitada
Sociedad en la que el capital social, que estará
dividido en participaciones sociales, indivisibles y acumulables,
estará integrado por las aportaciones de todos los socios, quienes no
responderán personalmente de las deudas sociales.
Número de socios | Responsabilidad | Capital | Fiscalidad |
Mínimo 1 | Limitada al capital aportado | Mínimo 3.000 € | Impuesto sobre Sociedades |
- Es una sociedad de capital, cualquiera que sea la naturaleza de su
objeto, con carácter mercantil y personalidad jurídica propia.
- Dos formas de constitución: telemática y presencial.
- Denominación social:
- Libre, debiendo figurar necesariamente la indicación 'Sociedad de
Responsabilidad Limitada', 'Sociedad Limitada' o sus abreviaturas
'S.R.L.' o 'S.L.'
- La denominación social deberá obtenerse a través del Registro
Mercantil; no se podrá adoptar una denominación idéntica a la de una
sociedad ya existente.
- Tienen que llevar un Libro de inventarios y Cuentas anuales, un
Diario (registro diario de las operaciones) y
un Libro de actas que recogerá todos los acuerdos tomados por las Juntas
Generales y Especiales y los demás órganos colegiados de la sociedad.
- También llevará un Libro registro de socios, en el que se harán
constar la titularidad originaria y las transmisiones de las
participaciones sociales.
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